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Día festivo
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Datos generales
Tipo evento anual y determinador para fecha de ocurrencia periódica
Fecha

Semanal:

  • El domingo (en la mayoría de los países del mundo y para las Iglesias Cristianas).
  • El sábado (en Israel y comunidades influidas por la cultura judía).
  • El viernes (en los países y comunidades influidas por la cultura islámica).

Anual:

Los distintos días feriados, religiosos y civiles, en cada país.

El día festivo o día feriado es aquel que no es día laborable (en el ámbito laboral) o que no es día hábil (en el ámbito procesal), y puede ser el domingo (en la mayoría de los países del mundo), el sábado (en los países influidos por la cultura judía) o el viernes (en los países influidos por la cultura islámica), además de otros días declarados festivos. Además, un día festivo es una fecha del calendario que resalta de forma especial, y habitualmente suele ser feriado. Todas las culturas y naciones celebran diferentes eventos durante el año, en fechas específicas de tipo cultural, político o religioso. Estas fechas son señaladas por las legislaciones de los países respectivos. Por lo general, los días feriados no se consideran para el cómputo de los términos procesales.

Tipos[editar]

Fiestas religiosas[editar]

Muchos días festivos están vinculados a la fe y religiones. Las festividades del cristianismo se definen como parte del año litúrgico, siendo las principales Pascua y Navidad. Los cristianos ortodoxos y los católicos occidentales romanos del día de la fiesta patronal o «día onomástico» se celebran en el día del santo patrón de cada lugar, según el Calendario de santos. Los testigos de Jehová conmemoran anualmente «El Memorial de la muerte de Jesucristo», pero no celebran otras festividades con significado religioso como Semana Santa, Navidad o Año Nuevo. Esto es especialmente cierto para aquellas festividades que han combinado y absorbido rituales, matices o prácticas de creencias no cristianas en la celebración, así como aquellas festividades que distraen o reemplazan la adoración a Jehová.[1]​ En el Islam, los días festivos más grandes son Eid al-Fitr (inmediatamente después del Ramadán) y Eid al-Adha (al final del Hach). Los musulmanes ahmadíes también celebran el Día del Mesías Prometido, Día del Reformador Prometido y Día del Califato, pero contrariamente a la creencia popular, ninguno de los dos se considera festivo. Los hindúes, jainistas y sijes observan varias festividades, una de las más grandes es Diwali (Festival de la Luz). Los días festivos japoneses, así como algunos días festivos católicos, contienen fuertes referencias a varias religiones y creencias diferentes. Las fiestas celtas, nórdicas y del neopaganismo siguen el orden de la Rueda del año. Por ejemplo, las ideas navideñas como decorar árboles y colores (verde, rojo y blanco) tienen ideas muy similares a la Wicca moderna (una creencia pagana moderna) Yule, que es un Sabbat menor de la rueda del año. Algunos están estrechamente relacionados con las fiestas suecas. La fe baháʼí observa los 11 días festivos anuales en las fechas determinadas mediante el calendario baháʼí. Los judíos tienen dos temporadas festivas: las Fiestas de primavera de Pésaj (Pascua) y Shavuot (Semanas, llamadas Pentecostés en griego); y las Fiestas de Otoño de Rosh Hashaná (Jefe del Año), Yom Kippur (Día de Expiación), Sucot (Tabernáculos), y Shemini Atzeret (Octavo Día de Asamblea).

Situación por país[editar]

Albania[editar]

Argentina[editar]

Los días festivos en la Argentina se clasifican en días feriados y días no laborables. Estos pueden ser nacionales, provinciales o municipales, o ser exclusivos de una rama laboral o educativa. Los feriados nacionales son de observancia obligatoria para todos los empleadores, mientras que un día no laborable es facultativo del empleador si quiere otorgárselo a sus empleados. Además pueden ser fijos, trasladables por motivos turísticos, o caer en distintos días de año a año debido a que se establecen por otros calendarios. Los feriados se rigen por el Decreto 1584/2010[2]​ y su modificatoria Decreto 923/2017.[3]​ Asimismo, existen diversos aniversarios no tipificados como feriados, en los cuales se recuerdan acontecimientos generalmente de tipo contemporáneo y que pueden incluir actividad social o cobertura mediática, pero que permanecen como días laborables.

Los feriados nacionales incluyen festividades de la Iglesia católica, fiestas cívicas, conmemoraciones y feriados turísticos. Existen feriados que caen siempre en el mismo día de cada año y otros que son móviles. Algunos feriados son trasladables a un día lunes por motivos de promoción turística. Los días no laborables nacionales incluyen al Viernes Santo y días específicos para los habitantes judíos y musulmanes. Así mismo se han implementado desde 2011 mediante el Decreto 1585/2010 los denominados feriados puente con fines turísticos.

Los feriados trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.

En este artículo se tratará solo de los feriados y días no laborables correspondientes al ámbito federal (es decir, a todo el país), pero existen también feriados provinciales, municipales y días no laborables según distintas instancias administrativas o institucionales.

Chile[editar]

En Chile hay nueve feriados de carácter religioso y otros seis (sin contar los locales y especiales) de carácter civil, aunque la ley no hace distinción entre ellos. En general, los feriados son válidos en todo el territorio nacional, excepto dos, que solo cubren a localidades específicas. Con todo, cinco feriados gozan del estatus añadido de «irrenunciable», en que la ley prohíbe el funcionamiento de las áreas productivas y del comercio que normalmente sigue operando durante un feriado común.

La ley 2977,[4]​ promulgada el 23 de enero de 1915, recogió y ordenó los feriados celebrados en Chile; ésta prescribía la observancia de los siguientes festivos:

  1. Todos los domingos del año.
  2. 1 de enero (Año Nuevo), 29 de junio (San Pedro y San Pablo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción de la Virgen), 25 de diciembre (Navidad) y los feriados movibles de Ascensión del Señor y Corpus Christi.
  3. Los días viernes y sábado de Semana Santa.
  4. 18 de septiembre, creación de la Primera Junta Nacional de Gobierno en 1810.
  5. 19 de septiembre y 21 de mayo, en celebración de las Glorias del Ejército y de la Armada.
  6. El día de elección de electores del Presidente de la República.

Debe notarse que la misma ley eliminó, por omisión, otros feriados religiosos observados hasta ese momento: Adoración de los Santos Reyes (6 de enero), Carnaval (móvil), Anunciación del Señor (25 de marzo) y Natividad de la Virgen (8 de septiembre); también redujo las fiestas patrias a solamente dos días (hasta 1914, se habían celebrado desde el 18 hasta el 20 de septiembre).

A lo largo de los siglos XX y XXI, diversas leyes han agregado, modificado o eliminado varios días festivos, por lo que la lista actual de días feriados es bastante distinta a la establecida en 1915.

La ley 3810,[5]​ promulgada el 24 de noviembre de 1921, estableció el feriado del Aniversario del Descubrimiento de América el 12 de octubre.

El decreto con fuerza de ley 178 de 1931 del Ministerio del Interior,[6]​ promulgado el 13 de mayo de dicho año, estableció el Día del Trabajo como feriado permanente (el 1 de mayo de 1931 ya había sido feriado singular por el mismo motivo, según lo establecido por el decreto con fuerza de ley 130 de 1931 del Ministerio del Interior[7]​).

En 1932, el decreto ley 636[8]​ repuso el feriado del 20 de septiembre, que se mantuvo vigente hasta 1944.[9]

En 1968, con motivo de la reforma al calendario litúrgico efectuada después del Concilio Vaticano II, la ley 16840[10]​ eliminó los feriados de San Pedro y San Pablo, Ascensión del Señor y Corpus Christi. La Iglesia católica acordó con el gobierno de la época celebrarlos el domingo más cercano, conforme al indulto concedido por la Santa Sede para los países que así lo solicitaran.

En 1973, la Junta Militar derogó el feriado del 12 de octubre,[11]​ pero lo restableció al año siguiente.[12]​ Posteriormente, en 1981, la ley 18026[13]​ estableció el feriado "Día de la Liberación Nacional", a observarse el 11 de septiembre, aniversario del Golpe de Estado. En 1985, mediante la ley 18432,[14]​ se restableció el feriado de San Pedro y San Pablo, como acción de agradecimiento por la mediación papal en el conflicto del Beagle. Luego, en 1987, durante la visita del papa Juan Pablo II, la ley 18607[15]​ restableció el feriado de Corpus Christi, como acción de gracias por la visita papal, aunque los obispos de Chile prefirieron mantener la observancia de la fiesta litúrgica en el domingo más cercano.

En 1988, la ley 18700[16]​ estableció que los días de elecciones presidenciales y plebiscitos debían ser feriados.

En octubre de 1998, tras un amplio acuerdo político, se publicó la ley 19.588[17]​, que reemplazó el feriado de 11 de septiembre​ por el "Día de la Unidad Nacional", a celebrarse el primer lunes de septiembre (este festivo tendría una corta vida, pues fue abolido en marzo de 2002).[18]

En 2000, la ley 19668[19]​ movió San Pedro y San Pablo, Corpus Christi y el Aniversario del Descubrimiento de América al lunes anterior (en caso de caer en martes, miércoles o jueves) o al lunes posterior (de caer en viernes). Adicionalmente, cambió el nombre del último de los tres a "Día del Descubrimiento de Dos Mundos", una obvia corrupción del eslogan "Encuentro de Dos Mundos", con que la Celebración del V Centenario del Descubrimiento de América había sido promovida.[20][21][22][23][24]

El 6 de enero de 2007, la ley 20148[25]​ reemplazó el Corpus Christi por el Día de la Virgen del Carmen, a observarse el 16 de julio, para conmemorar a la Patrona de Chile (honrada con dicho título de manera extraoficial desde 1818 y oficialmente desde 1923 por decreto del papa Pío XI). Esto homenajea una tradición patria, la Procesión y Fiesta del Carmen, realizada en distintos lugares del país, especialmente en La Tirana, en Maipú y en Concepción.

La ley 20215,[26]​ del 14 de septiembre de 2007, declaró feriados todos los días lunes 17 de septiembre y viernes 20 de septiembre.

El 11 de octubre de 2008 se publicó la ley 20299,[27]​ que establece el Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes; este feriado se desplaza al viernes anterior si cae en día martes y al posterior si cae en miércoles.

El 12 de junio de 2009 se publicó la ley 20354,[28]​ que reforma la constitución, cambiando la forma de calcular la fecha en que deben efectuarse las elecciones presidenciales de modo que siempre caigan en día domingo.

El 30 de abril de 2013 se publicó la ley 20663,[29]​ que declara feriado el 7 de junio en la XV región de Arica y Parinacota. Este feriado regional ha abierto las puertas a los clamores de otras regiones, por lo que ahora se tramitan en el Congreso varias leyes que buscan lo mismo en las regiones de Tarapacá, Antofagasta, Los Ríos, etcétera.[30]

El 30 de diciembre de 2016 se publicó la ley 20983,[31]​ que declara feriados los días lunes 2 de enero y viernes 17 de septiembre, en los años en que estos ocurran.

El 19 de junio de 2021 se publicó la ley 21357,[32]​ que declara feriado el solsticio de invierno, en honor a los pueblos originarios del país.

Colombia[editar]

En Colombia se reconocen dos tipos de días festivos: festivos religiosos y fiestas cívicas, un grupo de estas últimas son las fiestas patrias. Todas estas fiestas oficiales son días no laborales.[33][34][35]

Otra división que existe en los festivos son los de fecha fija y los de fecha movible (fiestas movibles). Entre estos últimos están las fiestas que se mueven de acuerdo con la Pascua, y los festivos que se celebran el primer lunes a partir de una determinada fecha.

El 6 de diciembre de 1983, se aprobó la Ley 51 que le conoce como la "Ley Emiliani" para los festivos del primer lunes.[36]

Colombia entra en los países con más festivos en el mundo.

Corea del Norte[editar]

España[editar]

En España, en el ámbito procesal se consideran inhábiles los sábados, los domingos y los festivos; mientras en el ámbito administrativo son inhábiles los domingos y los festivos.

Se distingue entre días hábiles/inhábiles (en los ámbitos procesal y administrativo), y días laborables/festivos (en el ámbito laboral).

Existe un calendario laboral y otro de días inhábiles que los regula (artículo 48.7 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -Ley 30/1992, de 26 de noviembre-, redacción dada según Ley 4/1999, de 13 de enero):[nota 1]

«Art. 48. Cómputo.
(...)
7. La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las comunidades autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial, a las que será de aplicación.
Dicho calendario deberá publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.».

El Salvador[editar]

Es importante establecer que los días feriados (o asuetos) por mandato de la Ley salvadoreña son:

  • 1° de enero. Año nuevo.
  • Jueves, viernes y sábado de la Semana Santa.
  • 1° de mayo. Día del trabajo.
  • 10 de mayo. Día de la madre.
  • 17 de junio. Día del padre.
  • 6 de agosto*. Fiesta Divino Salvador del Mundo.
  • 15 de septiembre. Día de la Independencia.
  • 2 de noviembre. Día de los difuntos muertos.
  • 25 de diciembre. Navidad.
  • En cuanto a los días 3 y 5 de agosto serán asueto únicamente para la ciudad de San Salvador y para el resto del país será el día principal de la festividad más importante del lugar de trabajo.

Artículo 190 del Código de Trabajo de la República de El Salvador.

Eslovenia[editar]

Honduras[editar]

Los días festivos (o días feriados) en Honduras son en su mayoría festividades cristianas o la conmemoración de acontecimientos en la historia hondureña.

Honduras tiene 11 festivos nacionales para todo el país como los días de Semana Santa, Navidad o el 15 de septiembre. Además Honduras tiene también 12 días festivos adicionales que aunque no son obligatorios, muchos sí son celebrados en distintas maneras por todo el país. Días como Nochebuena y Nochevieja son celebrados con muchas tradiciones hondureñas. De igual manera que el Día de la Madre, Día del Padre y el Día del Niño son muy celebrados entre familiares y en las escuelas.[37]

El 15 de septiembre, el Día de la Independencia, es celebrado con desfiles escolares en todos las ciudades del país. Generalmente, cada escuela participa en la procesión con cada estudiante participante en una banda, bailarines, como escolta, etcétera.[38]

La Semana Santa también es muy importante en Honduras y se observa asistiendo a misas y en procesiones religiosas en muchas ciudades. Las procesiones de Semana Santa de Comayagua son reconocidas y atraen a mucho turismo nacional a la ciudad en esos días. La Semana Santa también son fechas importantes para las vacaciones y muchos hondureños van a las playas de Honduras para descansar.[39][40]

Japón[editar]

Los días festivos en Japón son un conjunto de fiestas reguladas por ley: La Ley de fiestas nacionales ( 国民の祝日に関する法律 , Kokumin no shukujitsu ni kansuru hōritsu ? ) del 1948 establece las fechas oficiales.

Una provisión de la ley manda que cuando una festividad nacional coincida en domingo, el próximo día laborable se convertirá en un día festivo, conocida como ( 振替休日 , furikae kyūjitsu ? , lit. "suplente de vacaciones") . Adicionalmente, cualquier día que caiga en medio de otras dos festividades nacionales también se convertirá en un día festivo, conocido como la ( 国民の休日 , kokumin no kyūjitsu ? , lit. "Fiesta de los ciudadanos") . El día 4 de mayo, intercalado entre el Día de la Constitución el 3 de mayo y el Día de los niños el 5 de mayo, era un ejemplo anual de este tipo de festividades hasta que fue sustituida por el Día verde en 2007 . Bajo estas circunstancias, el 6 de mayo de 2009 ha sido bautizado como una festividad furikae kyūjitsu , y el 2 de septiembre de 2009 se ha designado como una kokumin no kyūjitsu festividad nacional.

Libia[editar]

México[editar]

Paraguay[editar]

Los días feriados en Paraguay están establecidos por Ley 8 del 6 de junio de 1990, y sus modificaciones Leyes 1.601/2000 y 4.531/2011. La

Ley 8/1990 reconoce como días feriados, además de los domingos, los siguientes:

Perú[editar]

Sudán del Sur[editar]

Turkmenistán[editar]

Desfile durante el Día de Independencia

Los días festivos en Turkmenistán están establecidos en la Constitución de Turkmenistán. El es una lista de días festivos reconocidos a nivel nacional en el país.

Días festivos en Turkmenistán:

Uruguay[editar]

Los feriados de Uruguay son aquellos establecidos por ley, que son:[41][42]

Venezuela[editar]

Estos son los días festivos en Venezuela:

  • 1 de enero: Día de Año Nuevo
  • 15 de enero: Día del Educador o día del Maestro
  • Carnaval, que puede variar entre febrero y marzo.
  • Semana Santa, variable entre marzo y abril
  • 19 de abril: conmemoración del primer paso hacia la Independencia
  • 1 de mayo: Día del Trabajador
  • 24 de junio: Aniversario de la Batalla de Carabobo y Día del Ejército
  • 5 de julio: Día de la Independencia
  • 24 de julio: Natalicio de Simón Bolívar y Día de la Armada
  • 12 de octubre: Día de la Resistencia Indígena
  • 24 y 25 de diciembre: Navidad
  • 31 de diciembre: Día de Fin de Año

Véase también[editar]

Notas[editar]

  1. Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre: Enlace externo

Referencias[editar]

  1. Watchtower Bible and Tract Society of Pennsylvania. Reasoning from the Scriptures. Watchtower, 1985, pp. 176–182
  2. Decreto 1584/2010: Establécense feriados nacionales y días no laborables.
  3. Decreto 923/2017.
  4. ley 2977
  5. ley 3810
  6. decreto con fuerza de ley 178 de 1931 del Ministerio del Interior
  7. Norma publicada en el Diario Oficial del 30 de abril de 1931.
  8. Norma publicada en el Diario Oficial del 17 de septiembre de 1932.
  9. Ley 8223, publicada en el Diario Oficial del 13 de septiembre de 1945.
  10. ley 16840
  11. decreto ley 63
  12. decreto ley 687
  13. ley 18026
  14. ley 18432
  15. ley 18607
  16. ley 18700
  17. ley 19588
  18. ley 19793
  19. ley 19668
  20. Encuentro de dos mundos
  21. Conmemoración del quinto centenario del encuentro de dos mundos (1492-1992)
  22. 1992: el año del encuentro de dos mundos
  23. Celebran el encuentro de dos mundos
  24. 500 ańos del encuentro de dos mundos. Una perspectiva polaca.
  25. ley 20148
  26. ley 20215
  27. ley 20299
  28. ley 20354
  29. ley 20663
  30. Días Feriados en Chile. Proyectos de ley acerca de feriados.
  31. ley 20.983
  32. ley 21.357
  33. «Calendario de días festivos en Colombia 2015». Calendario 2015 Colombia. Consultado el 6 de julio de 2015. 
  34. «Calendario del 2015 Colombia». ¿Cuándo en el mundo?. Consultado el 6 de julio de 2015. 
  35. «Festivos de Colombia». Festivos Colombia. Consultado el 6 de julio de 2015. 
  36. «Ley Emiliani». El Tiempo. Consultado el 2 de julio de 2022. 
  37. https://www.elheraldo.hn/pais/1343495-466/gobierno-2019-feriado-honduras-navidad-a%C3%B1o-nuevo
  38. https://www.elheraldo.hn/tegucigalpa/1316073-466/honduras-desfiles-15-septiembre
  39. https://www.elheraldo.hn/pais/1272626-466/comayagua-espera-30-mil-turistas-en-semana-santa
  40. https://www.elpais.hn/2020/03/03/honduras-presenta-campana-para-impulsar-turismo-en-semana-santa/
  41. «Feriados 2021 en Uruguay: calendario de fechas de carnaval, turismo y más». El País. 19 de octubre de 2020. Consultado el 10 de diciembre de 2020. (requiere registro). 
  42. «Decreto Ley N° 14977. FERIADOS NACIONALES». IMPO. Consultado el 10 de diciembre de 2020.